La Facturación Electrónica se Universaliza este 2024

La Resolución N° 2548/2023, que modifica las recientes Resoluciones N°2389/2023 y N° 2390/2023, establece nuevo plazo al 31/12/2024 para la incorporación al régimen de Facturación Electrónica del resto de los contribuyentes de IVA.
Asimismo, a partir del 01/01/2025, los contribuyentes del IVA deberán adquirir la calidad de emisor electrónico desde que se inscriban, reinicien actividades, o se constituyan en contribuyentes del mencionado impuesto.

De esta forma, a partir del 1/1/2025 serán emisores electrónicos todos los contribuyentes de IVA, incluso de IVA Mínimo, con algunas excepciones puntuales:

  • Los que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias y obtengan el ejercicio ingresos inferiores a 4 millones de UI.
  • Quienes realicen exclusivamente actos de agregación de valor en la construcción sobre inmuebles.
    contribuyentes del Impuesto a las Rentas de los No Residentes.
  • También mantienen la excepción los contribuyentes exonerados de impuestos administrados por la DGI por todas sus operaciones (excepto los usuarios directos e indirectos de zona franca), y los contribuyentes del Monotributo, del Monotributo Social Mides y del Aporte Social Único de PPL.

 

Ver la resolución completa en este enlace.

 

Nuevo Formato CFE versión 23
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